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20 June, 2012

Defensoría Regional de La Araucanía pidió al Ministerio Público la inhabilidad del fiscal de Collipulli

El abogado Ricardo Cáceres Setien, de la Defensoría Penal Mapuche, presentó un requerimiento ante el Ministerio Público donde solicita declarar la inhabilidad del Fiscal Adjunto Luis Chamorro Díaz.

Defensoría Regional de La Araucanía pidió al Ministerio Público la inhabilidad del fiscal de Collipulli

Imagen: Ricardo Cáceres, defensor penal público

El abogado Ricardo Cáceres Setien, de la Defensoría Penal Mapuche -dependiente de la Defensoría Regional de La Araucanía- presentó en la tarde de ayer un requerimiento ante el Ministerio Público, en el que solicitó declarar la inhabilidad del Fiscal Adjunto de Collipulli, Luis Chamorro Díaz.

Chamorro es el mismo fiscal que el pasado 7 de junio dirigió un allanamiento a la comunidad mapuche Wente Winkul Mapu, en cuyo contexto siete comuneros y cuatro policías resultaron heridos de diversa consideración.

Para el defensor Cáceres, quien representa al imputado Héctor Nahuelqueo Nahuelqueo y a Rodrigo Montoya Melinao, “el fiscal Chamorro sustenta la calidad de víctima, lo que lo situaría como interviniente de una investigación”, razón por la que debe inhabilitarse.

Cáceres explicó que los hechos en que Chamorro tuvo participación en esa condición ocurrieron el 2 de abril pasado, cuando en cumplimiento de una orden judicial de registro e incautación autorizada por el Juez de Garantía de Collipulli, el fiscal ingresó a una comunidad indígena y poco después, mientras se retiraba del lugar junto a las fuerzas policiales, comenzaron los disparos que causaron la muerte del sargento de Carabineros Hugo Albornoz.

El fiscal Chamorro reviste la calidad de víctima de los hechos antes mencionados, lo que sumado a la calidad de investigador exclusivo, permiten sostener que él tiene parte o interés en el caso”, aseguró el defensor público.

Agregó que según el articulo 55 N° 1 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, es causal de inhabilitación “tener el fiscal parte o interés en el caso de cuya investigación se trate”, de modo que en este caso, la solicitud de inhabilidad se encuentra plenamente justificada.

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